Preguntas Frecuentes

 Para cotizar servicios de transporte de carga internacional, ya sea aéreo o marítimo, se requiere indicar el puerto de origen, el destino, las características del producto, así como sus dimensiones y peso.

Sí, contamos con transportes que pueden ingresar a cualquier aduana para realizar la carga y ofrecer servicios de flete terrestre, arrastre, burreo y recolección en las diferentes aduanas, así como la entrega en su destino final.

Las mercancías destinadas a la venta al público en general deben cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM)aplicables, ya sea en aduana o dentro del depósito fiscal de nuestras instalaciones.

Sí, contamos con servicios de Unidad de Inspección Acreditada (UIA) para el cumplimiento de Normas Comerciales.

La carta cupo tiene una vigencia de 5 días hábiles para ser utilizada.

Es indispensable saber cómo llega la mercancía: si llega paletizada o a granel, así como conocer el volumen, la cantidad y las dimensiones. También se deben especificar las características del producto y el servicio requerido.

Ejemplo: Mercancía en cajas de 60 × 60 × 30 cm, de 5 modelos diferentes, paletizadas en tarimas de 1.0 × 1.2 × 1.0 m. Cantidad: 12 tarimas. La mercancía llega en un transporte de 20 ft. Requiero almacenaje por X meses y realizaré retiros parciales por caja. También requiero envío por paquetería.

Toda mercancía requiere pedimento, factura y lista de empaque. Además, se debe enviar por escrito la instrucción del servicio requerido con una anticipación mínima de 24 horas, así como contar con la firma del contrato de servicios.

Sí, su mercancía puede ser reetiquetada, reempacada, embolsada y preparada en pedidos para su entrega a cliente final o centro de distribución.

El Depósito Fiscal es un servicio regulado por el SAT, dirigido a importadores que requieren financiamiento para el pago de impuestos de importación hasta por 24 meses, siempre que la mercancía no corresponda a juguetes, textiles, calzado o productos perecederos.

Para solicitar este servicio, se deben presentar los documentos legales de la empresa, así como la documentación correspondiente de sus accionistas o dueños reales.

Los productos que no pueden hacer uso del Depósito Fiscal son, principalmente, aquellos que representan un riesgo para la seguridad, la salud o el medio ambiente, además de metales preciosos y ciertos artículos de lujo, conforme al Artículo 123 de la Ley Aduanera y a las Reglas Generales de Comercio Exterior. También se excluyen mercancías como juguetes, calzado y textiles.